Afectados Viviendas Inacabadas



Estudiamos su documentación sin compromiso por su parte y
realizamos los trámites necesarios para recuperar su dinero y los intereses generados

¿Cómo recuperar las cantidades entregadas a cuenta de su vivienda?

SI EXISTEN GARANTÍAS:

Afectados vivindas inacabadas

Derogación de la ley 57/68

La ley 57/68 fue la esperanza que muchos afectados por la crisis inmobiliaria tenían para poder recuperar las cantidades entregadas a cuenta de sus viviendas, pero esta ley fue derogada y su contenido, aunque con matices, pasó a formar parte de la Disposición Adicional Primera de la Ley de Ordenación de la Edificación.

La derogación de la Ley 57/68 no supone que la misma deje de aplicarse, ya que quienes suscribieron un contrato de adhesión a una cooperativa o comunidad de bienes o un contrato de compraventa con un promotor, durante su vigencia deben atender al contenido de ésta.

La principal diferencia con la nueva legislación es que ahora no se requieren las garantías desde que se reciben cantidades a cuenta de la vivienda, sino desde que se concede la licencia de obras. Desde nuestro punto de vista este cambio legal perjudica al consumidor, pues en cualquier promoción se solicitan determinadas cantidades antes de obtener la licencia de obras para poder satisfacer gastos previos de la promoción, bien sean de adquisición del suelo, bien de proyecto….etc.

Otra de las cuestiones que llama mucho la atención es que ahora sí, la regulación es más exhaustiva, pues en la Ley 57/68 se omitían los requisitos que debía cumplir el seguro o el aval, que si se mencionaban de modo menos detallado en la Orden Ministerial de 29 de Noviembre de 1968.

Por último no podemos olvidar, además, que una de las últimas modificaciones qué sufrió nuestro Código Civil fue en lo relativo al plazo de prescripción de las acciones personales que conforme al actual artículo 1964 del Código Civil es de 5 años; a diferencia de la anterior redacción del citado precepto que era de 15 años.

Por lo tanto la prescripción para poder reclamar es otra de las cuestiones que debemos tener en cuenta si queremos recuperar nuestro dinero ya que corremos el riesgo de que la acción que tengamos frente a la aseguradora o entidad bancaria prescriba.

En nuestro despacho estaremos encantados de asesorarte para que puedas reclamar tu dinero en condiciones de seguridad jurídica.

Erika Sánchez Arrillaga, letrada de LUBILLO ABOGADOS

SI NO EXISTEN GARANTÍAS:

Afectados viviendas inacabadas

Cómo recuperar las cantidades entregadas para la compra de viviendas

Comprar una vivienda supone en muchas ocasiones no solo deshacernos de lo ahorrado, si no que en aquellos casos en los que éste no es suficiente, nos vemos obligados a pedir un préstamo, bien al banco bien a familiares, para poder hacer frente al pago de las cantidades entregadas a cuenta.

La cara oscura la encontramos cuando después de haber hecho un gran esfuerzo económico para poder abonar los anticipos y por consiguiente acceder por fin a una vivienda, ésta no se construye, o las obras se ven retrasadas por múltiples cuestiones, o incluso se construye, pero por un tercero distinto a los anteriores.

En estos casos no está todo perdido, pues tenemos la posibilidad de recuperar el dinero que hemos entregado a cuenta.

Si el promotor, cooperativa o comunidad de bienes ha cumplido con la legislación actual, ha debido contratar cualquiera de las garantías a las que se refiere la Disposición Adicional de la Ley de Ordenación de la Edificación desde la obtención de la licencia de edificación. En este caso debemos estar tranquilos, pues las cantidades que hayamos entregado a cuenta están aseguradas y podremos recuperar nuestro dinero.

Pero, supongamos que no se hubiesen contratado las correspondientes garantías, pues bien, en este caso sigue existiendo igualmente la posibilidad de recuperar las cantidades aportadas, pues tanto la legislación actual como la anterior contemplan este supuesto y descargan la responsabilidad sobre la entidad bancaria donde fueron confiados nuestros anticipos a cuenta de la vivienda; por tal motivo los afectados por esa falta de diligencia podrán recuperar su dinero y además los intereses correspondientes.

La solución legal viene dada por demandar, si fuera necesario, al banco en el que se depositaron nuestras aportaciones y que no exigió ni al promotor, ni a la comunidad de bienes ni a la cooperativa previamente un aval o un seguro que garantizase que se nos devolverían las cantidades aportadas en el caso de que no se nos entregase la vivienda.

Por lo tanto sea cual sea la situación en la que te encuentres (ya tengas las cantidades entregadas a cuenta avaladas, aseguradas o no) y aunque seas cooperativista o comunero, estás siempre protegido y con nuestra ayuda legal puedes recuperar las aportaciones entregadas a cuenta de la vivienda.

Llámanos, estaremos encantados de ayudarte y de asesorarte sin ningún compromiso por tu parte.

Erika Sánchez Arrillaga, letrada de LUBILLO ABOGADOS

Cientos de afectados ya han obtenido sentencias favorables y han recuperado su dinero junto a los intereses generados

Entre ellos se encuentran los afectados pertenecientes a los siguientes colectivos:
  • Residencial La Calderona
  • La Tenería
  • La Zarza
  • La Vereda
  • Getafe Capital del Sur
  • Viviendas Europa Sur
  • Pinar de la Peñuela
  • El Balcón del Corredor
  • Puerta del Corredor
  • Puerta de O´Donnell
  • Vista al Futuro
  • Hogar para Vivir
  • Puerta de Vicálvaro
  • Vecinos del Henares
  • Puerta del Sureste
  • Balcón del Sureste
  • Puerta de San Fernando
  • Platinum
  • Cooperativa Fuente el Saz
  • El prado de Valdebebas
  • La Colina
  • La Colina 2
  • Milenium
  • La Dehesilla
  • Aravaca III
  • Vivienda Joven
  • Balcón del Valle
  • Gestión Agesul
  • Unión Tueris
  • Vecinos del Este
  • Los Balcones del Golf
  • Las Colinas de Rivas
  • Promociones y Obras Manfer
  • Aifos arquitectura y promociones Inmobiliarias
  • Albor
  • CB Sanchinarro
  • CB Zarzalejo V
  • Parador de Añoreta
  • Promotora Ircosol
  • Puerta de Comillas
  • Monte Maela (Fisterra)
  • Promociones montero Argandoña s.l. (Malagón)
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